Diario Oficial de la Unión Europea (2018/C 222/08)
Con la reforma de las normas de origen del sistema de preferencias generalizadas (SPG) en 2010, se tomó la decisión de sustituir a partir de 2017 el sistema de certificación del origen de las mercancías mediante los certificados modelo A por un sistema de autocertificación del origen de las mercancías por parte de los exportadores registrados (utilizando «comunicaciones sobre el origen»).
El nuevo sistema recibió el nombre de «Sistema de Registro de Exportadores» (el sistema REX). En virtud de la nueva legislación, las declaraciones en factura para envíos que contengan productos originarios cuyo valor total no supere los 6 000 EUR se sustituyen por las comunicaciones sobre el origen que pueden ser extendidas por cualquier exportador.
El sistema REX se aplica desde el 1 de enero de 2017 para los países o territorios beneficiarios del SPG. No obstante, de conformidad con el artículo 79 del Reglamento (UE) 2015/2447, se ofreció la posibilidad a todos los países y territorios beneficiarios del SPG de decidir por sí mismos si preferían comenzar a aplicar el sistema REX en 2017, en 2018 o en 2019. En cada caso, se concedió un período de transición de un año, y dicho período transitorio podía prolongarse seis meses más tras la notificación por parte del país o el territorio beneficiario a la Comisión Europea.
Durante el período transitorio, las autoridades competentes de los países o territorios beneficiarios del SPG pueden seguir expidiendo certificados de origen modelo A para los exportadores aún no registrados. Para aquellos que ya se han registrado, solo es aplicable el sistema REX.
El sistema REX comenzó a aplicarse el 1 de enero de 2017 para los siguientes países o territorios beneficiarios del SPG: Angola, Burundi, Bután, República Democrática del Congo, República Centroafricana, Comoras, Congo, Islas Cook, Yibuti, Etiopía, Micronesia, Guinea Ecuatorial, Guinea-Bisáu, India, Kenia, Kiribati, Laos, Liberia, Mali, Nauru, Nepal, Niue, Pakistán, Islas Salomón, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Santo Tomé y Príncipe, Chad, Togo, Tonga, Timor Oriental, Tuvalu, Yemen y Zambia.
Teniendo en cuenta el período transitorio de un año y la posibilidad de prorrogarlo seis meses más, se supone que todos los países o territorios mencionados beneficiarios del SPG aplicarán plenamente el sistema REX a partir del 1 de julio de 2018. No obstante, ha de recordarse que los países o territorios beneficiarios del SPG solo tienen derecho a aplicar el sistema REX una vez que cumplan los requisitos previos establecidos en los artículos 70 y 72 del Reglamento (UE) 2015/2447. Los países o territorios beneficiarios que en esa fecha no cumplan dichos requisitos no podrán aplicar el sistema REX.
A consecuencia de ello, no podrán beneficiarse de las preferencias del SPG a partir del 1 de julio de 2018 y hasta que hayan cumplido los requisitos previos.
En el sitio web Europa se puede consultar información detallada sobre la fecha de aplicación del Sistema de Registro de Exportadores por parte de todos los países o territorios beneficiarios del SPG. Se anima a los operadores a consultar este sitio regularmente para comprobar si los países o territorios beneficiarios del SPG mencionados tienen derecho a aplicar el sistema REX y en qué fecha.
https://ec.europa.eu/taxation_customs/business/calculation-customs-duties/rules-origin/general-aspects-preferential-origin/arrangements-list/generalised-system-preferences/the_register_exporter_system_en
La Comisión Europea informa a los operadores de la Unión Europea de que, a partir del 1 de julio de 2018, solo podrán utilizarse para certificar el origen preferencial de las mercancías las «comunicaciones sobre el origen» extendidas por los exportadores registrados en estos países o territorios del SPG o por cualquier exportador de esos países o terri torios cuando el valor total de las mercancías originarias objeto del envío no exceda de 6 000 EUR.
Por consiguiente, las preferencias del SPG se denegarán en caso de que se presenten certificados modelo A expedidos después del 1 de julio de 2018 como pruebas de origen preferencial.
Las preferencias del SPG también se denegarán en caso de que se presenten declaraciones en factura extendidas después del 1 de julio de 2018 como pruebas de origen preferencial del SPG para los envíos que contengan mercancías originarias cuyo valor total no supere los 6 000 EUR.
Se recomienda, por tanto, a los operadores que presentan pruebas documentales de origen en la Unión Europea en el marco del sistema de preferencias generalizadas que tomen todas las medidas y precauciones necesarias para garantizar que sus proveedores en los países o territorios beneficiarios del SPG mencionados anteriormente estén alertados sobre el cambio de procedimiento en lo que respecta a las pruebas del origen preferencial, así como sobre las consecuencias que puede tener la presentación de una prueba de origen incorrecta (certificado modelo A o declaración en factura).
El sitio web Europa incluye también la lista de países beneficiarios del SPG que, de conformidad con el artículo 79 del Reglamento (UE) 2015/2447, notificaron a la Comisión Europea la aplicación del sistema REX a partir del 1 de enero de 2018 o a partir del 1 de enero de 2019.
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