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BREXIT: Nota orientativa sobre la retirada de UK de la UE en castellano

Actualizado: 27 oct 2023


Bruselas, 14 de julio de 2020


REV2 – sustituye a las notas orientativas sobre cuestiones relacionadas con las aduanas (REV1), de 22 de noviembre de 2019, sobre normas de origen preferencial, de 4 de junio de 2018, y sobre aduanas y fiscalidad indirecta, de 30 de enero de 2018.




PUBLICADA LA NOTA ORIENTATIVA EN CASTELLANO DE LA RETIRADA DEL REINO UNIDO Y NORMAS DE LA UE EN MATERIA DE ADUANAS, INCLUIDO EL ORIGEN PREFERENCIAL


Desde el 1 de febrero de 2020, el Reino Unido se ha retirado de la Unión Europea y ha pasado a ser un «tercer país»1. El Acuerdo de Retirada2 prevé un período transitorio que finalizará el 31 de diciembre de 2020. Hasta esa fecha, el Derecho de la Unión se aplica al y en el Reino Unido.


Durante el período transitorio, la Unión y el Reino Unido negociarán un acuerdo sobre una nueva asociación que contemple, en particular, una zona de libre comercio. Sin embargo, no es seguro que dicho acuerdo llegue a celebrarse y a entrar en vigor al final del período transitorio. En cualquier caso, tal acuerdo crearía una relación en la que las condiciones de acceso al mercado serán muy diferentes de la participación del Reino Unido en el mercado interior4, en la unión aduanera de la UE y en el ámbito del IVA y los impuestos especiales.


Por consiguiente, se recuerda a todas las partes interesadas, y especialmente a los operadores económicos, la situación jurídica a partir del final del período transitorio, incluidas las disposiciones pertinentes del Acuerdo de Retirada en lo que respecta a la separación (parte A). La presente nota también explica las normas aplicables en Irlanda del Norte a partir del final del período transitorio (parte B).


En el anexo de la presente nota puede consultarse información sobre las preferencias y las normas de origen durante el período transitorio.






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