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Conclusiones del Consejo sobre países y territorios no cooperadores fiscalmente

Actualizado: 27 oct 2023



Conclusiones del Consejo sobre la lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales (2023/C 64/06)

21 de febrero de 2023


Se APRUEBA, por consiguiente, la lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales («lista de la UE») que figura en el anexo I;


Se REFRENDA la situación actual que se expone en el anexo II respecto de los compromisos asumidos por los países y territorios cooperadores de aplicar normas de buena gobernanza fiscal.


ANEXO I


Lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales


1. Samoa Americana no realiza ningún intercambio automático de información financiera, no ha firmado ni ratificado, siquiera por medio del territorio del que depende, el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE, en su versión modificada, y no se ha comprometido a aplicar las normas mínimas sobre la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios ni a resolver estas cuestiones.


2. Anguila facilita estructuras y mecanismos extraterritoriales destinados a atraer beneficios sin contenido económico real, al no haber adoptado todas las medidas necesarias para garantizar la aplicación efectiva de los requisitos en materia de contenido económico establecidos en el criterio 2.2. Anguila se encuentra a la espera de una revisión adicional del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales (el «Foro Global») relativa al intercambio de información previa petición (criterio 1.2).


3. Las Bahamas facilitan estructuras y mecanismos extraterritoriales destinados a atraer beneficios sin contenido económico real, al no haber adoptado todas las medidas necesarias para garantizar la aplicación efectiva de los requisitos en materia de contenido económico establecidos en el criterio 2.2.


4. Las Islas Vírgenes Británicas no cuentan con una calificación mínima del Foro Global de «conforme en gran medida» respecto del intercambio de información previa petición.


5. Costa Rica tiene un régimen pernicioso de exención de rentas de origen extranjero y no ha resuelto aún esta cuestión. Costa Rica se ha comprometido a atender a su debido tiempo las recomendaciones del Foro Global relativas al intercambio automático de información (criterio 1.1) para obtener al menos la calificación de «en vigor pero necesita mejoras» respecto de los requisitos básicos 1 y 2 en el informe de revisión inter pares del Foro Global de otoño de 2024.


6. Fiyi no es miembro del Foro Global, no ha firmado ni ratificado el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE, en su versión modificada, tiene regímenes fiscales preferentes perniciosos (empresas exportadoras, incentivo a las tecnologías de la comunicación y la información —ICT—, tipo fiscal preferente para las sedes mundiales o regionales), no se ha adherido al Marco Inclusivo ni aplica las normas mínimas sobre la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, y todavía no ha resuelto estas cuestiones.


7.Guam no realiza ningún intercambio automático de información financiera, no ha firmado ni ratificado, siquiera por medio del territorio del que depende, el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE, en su versión modificada, y no se ha comprometido a aplicar las normas mínimas sobre la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios ni a resolver estas cuestiones.


8. Las Islas Marshall facilitan estructuras y mecanismos extraterritoriales destinados a atraer beneficios sin contenido económico real, al no haber adoptado todas las medidas necesarias


9. Palaos no realiza ningún intercambio automático de información financiera, no ha firmado ni ratificado el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE, en su versión modificada, y todavía no ha resuelto estas cuestiones.


10. Panamá Panamá no cuenta con una calificación mínima del Foro Global de «conforme en gran medida» respecto del intercambio de información previa petición, tiene un régimen pernicioso de exención de rentas de origen extranjero y todavía no ha resuelto estas cuestiones. Panamá se ha comprometido a atender a su debido tiempo las recomendaciones del Marco Inclusivo con respecto a la aplicación del criterio 3.2 sobre la presentación de informes por país, para que pueda constar en el informe de revisión inter pares de la acción 13 del Marco Inclusivo que se publicará en otoño de 2023.


11. Federación de Rusia La Federación de Rusia tiene un régimen fiscal preferente pernicioso (sociedades de cartera internacionales) y todavía no ha resuelto esta cuestión.


12. Samoa tiene un régimen fiscal preferente pernicioso (sociedades offshore) y todavía no ha resuelto esta cuestión.


13.

Trinidad y Tobago no realiza ningún intercambio automático de información financiera, no cuenta con una calificación mínima del Foro Global de «conforme en gran medida» respecto del intercambio de información previa petición, no ha firmado ni ratificado el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE, en su versión modificada, tiene regímenes fiscales preferentes perniciosos (zonas francas) y todavía no ha resuelto estas cuestiones.


Trinidad y Tobago se ha comprometido a atender a su debido tiempo las recomendaciones del Marco Inclusivo con respecto a la aplicación del criterio 3.2 sobre la presentación de informes por país, para que pueda constar en el informe de revisión inter pares de la acción 13 del Marco Inclusivo que se publicará en otoño de 2023. Trinidad y Tobago se ha comprometido asimismo a atender a su debido tiempo las recomendaciones del Foro Global relativas al intercambio automático de información (criterio 1.1) para obtener al menos la calificación de «en vigor, pero necesita mejoras» respecto de los requisitos básicos 1 y 2 en el informe de revisión inter pares del Foro Global de otoño de 2024.


14. Las Islas Turcas y Caicos facilitan estructuras y mecanismos extraterritoriales destinados a atraer beneficios sin contenido económico real, al no haber adoptado todas las medidas necesarias para garantizar la aplicación efectiva de los requisitos en materia de contenido económico establecidos en el criterio 2.2.


15. Las Islas Vírgenes de los Estados Unidos no realizan ningún intercambio automático de información financiera, no han firmado ni ratificado, siquiera por medio del territorio del que dependen, el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE, en su versión modificada, tienen regímenes fiscales preferentes perniciosos (programa de desarrollo económico, empresas exentas, Ley Reguladora del Centro Bancario Internacional) y no se han comprometido a aplicar las normas mínimas sobre la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios ni a resolver estas cuestiones.


16. Vanuatu facilita estructuras y mecanismos extraterritoriales destinados a atraer beneficios sin contenido económico real y todavía no ha resuelto esta cuestión. Vanuatu está a la espera de una revisión adicional del Foro Global relativa al intercambio de información previa petición.



ANEXO II


Situación actual de la cooperación con la UE respecto de los compromisos asumidos de aplicar principios de buena gobernanza fiscal


1. Transparencia 1.1. Intercambio automático de información Está previsto que el país siguiente intercambie información con los veintisiete Estados miembros de conformidad con el calendario a que se refieren el apartado 6 de las Conclusiones del Consejo de 22 de febrero de 2021, el apartado 4 de las Conclusiones del Consejo de 5 de octubre de 2021, el apartado 4 de las Conclusiones del Consejo de 24 de febrero de 2022 y el apartado 4 de las Conclusiones del Consejo de 4 de octubre de 2022.


Turquía Los países y territorios siguientes se han comprometido a atender a su debido tiempo las recomendaciones del Foro Global relativas al intercambio automático de información, para obtener al menos la calificación de «en vigor, pero necesita mejoras» respecto de los requisitos básicos 1 y 2 en el informe de revisión inter pares del Foro Global de otoño de 2024.


Aruba, Belice, Curazao e Israel 1.2. Pertenencia al Foro Global y calificación satisfactoria respecto del intercambio de información previa petición Los países siguientes se encuentran a la espera de una revisión adicional del Foro Global: Botsuana, Dominica y Seychelles


2. Equidad fiscal


2.1. Existencia de regímenes fiscales perniciosos El país siguiente, tras comprometerse a modificar o suprimir antes de finales de 2022 su régimen pernicioso de exención de rentas de origen extranjero, se enfrentó a dificultades debidas a la reforma constitucional, pero demostró avances tangibles en 2022 y ha obtenido de plazo hasta el 31 de marzo de 2023 para adaptar su legislación en lo que respecta a las normas contra las prácticas abusivas y a los requisitos en materia de contenido económico.


El país se ha comprometido a aplicar la legislación modificada con efectos a partir del 1 de enero de 2023:


Qatar Los países o territorios siguientes, que se habían comprometido a modificar o suprimir antes de finales de 2022 sus regímenes perniciosos de exención de rentas de origen extranjero y demostraron avances tangibles en estas reformas en 2022, han obtenido de plazo hasta finales de 2023 para adaptar su legislación en lo que respecta al tratamiento de las plusvalías: Hong Kong y Malasia


El siguiente país, que se había comprometido a modificar o suprimir a más tardar el 31 de diciembre de 2022 un régimen fiscal preferente en el ámbito del Foro sobre Prácticas Fiscales Perjudiciales, ha obtenido de plazo hasta finales de abril de 2023 para adaptar su legislación:


Jordania (zona económica especial de Aqaba) Los países y territorios siguientes se han comprometido a modificar o suprimir a más tardar el 31 de diciembre de 2023 sus regímenes fiscales preferentes en el ámbito del Foro sobre Prácticas Fiscales Perjudiciales:


Albania (incentivos industriales), Armenia (zonas francas y proyectos informáticos) y Esuatini (zona económica especial) 21.2.2023 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 64/21 3. Prevención de la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios 3.2. Aplicación de la norma mínima de presentación de informes por país (acción 13 del BEPS)


Los países y territorios siguientes se han comprometido a aplicar la norma mínima de presentación de informes por país atendiendo a su debido tiempo las recomendaciones del Marco Inclusivo, para que pueda constar en el informe de revisión inter pares de la acción 13 del Marco Inclusivo que se publicará en otoño de 2023, o a entablar relaciones de intercambio de informes por país con todos los Estados miembros de la UE con arreglo al plazo acordado: Belice, Israel, Montserrat, Tailandia, Vietnam

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