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Publicado el Reglamento (UE) 2023/2720 relativo a la apertura y el modo de gestión de contingentes arancelarios autónomos de la UE para determinados productos pesqueros.
El Reglamento será de aplicación para el período del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026.
Los derechos de importación aplicables a los productos enumerados en el anexo se suspenderán o se reducirán dentro de los contingentes arancelarios con arreglo a los tipos, períodos y volúmenes indicados cuando vayan destinados al consumo humano.
No podrán acogerse a contingentes arancelarios los productos cuya transformación se realice en la fase de venta al por menor o de servicios de restauración.
No podrán acogerse a contingentes arancelarios los productos que se destinen exclusivamente a determinadas operaciones.
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