Comunicación del S.I. SOIVRE
Novedades en la presentación de solicitudes de importación de productos ecológicos procedentes de terceros países: Admisión temporal hasta el 31 de mayo de expedientes sin el certificado ecológico COI original en papel ante las dificultades de emisión por los organismos de control en origen debido a la emergencia sanitaria COVID19.
Antecedentes (procedimiento habitual antes de la crisis COVID19):
Es relevante señalar que, en España, el control a la importación de los productos ecológicos se rige por la orden ministerial ECC/1936/2014 y la legislación comunitaria aplicable. El artículo 3 de dicha orden establece el cumplimiento ex ante de los requisitos establecidos en materia de agricultura ecológica y etiquetado, de los productos a importar y, por tanto, debe presentarse de forma previa al despacho a libre práctica la correspondiente solicitud de control de documentación asociada a las mercancías ecológicas según el modelo establecido junto con la siguiente documentación:
Documentos comerciales de la expedición: copia de la factura comercial, de la lista de contenido y del conocimiento de embarque.
Original y copia del Certificado de Control de producción ecológica (COI, en inglés) según se establece en los Reglamentos CE 834/2007 y CE 1235/2008. Dado que la firma electrónica avanzada en la aplicación TRACES todavía no está implantada en terceros países con garantías suficientes, el certificado ecológico COI que debe presentarse a visado ante el servicio de inspección SOIVRE será el original obtenido como documento impreso, firmado y sellado manualmente en origen por el organismo de control emisor en su casilla 18 a partir del certificado cumplimentado en TRACES.
Situación actual ante la crisis COVID19:
La Comisión Europea, tras una ronda de consultas de los EEMM, ha elaborado una comunicación dirigida a los organismos de control en origen en la que define directrices para hacer frente de forma armonizada a los problemas que se están presentando para el correcto funcionamiento del sistema de certificación a causa de la pandemia provocada por el COVID19.
En consecuencia, se informa que, de manera temporal hasta 31 de mayo de 2020, se admitirá por parte de las autoridades de los EEMM, la presentación para visado del certificado COI desde su versión en TRACES, sin necesidad de presentar el certificado original en papel firmado y sellado, en caso de que este documento no pueda emitirse en origen.
De acuerdo con las directrices proporcionadas, el S.I. SOIVRE permitirá la presentación de los expedientes de productos ecológicos sin el original del certificado COI en papel, siempre que este documento no haya podido emitirse en origen.
La documentación escaneada podrá remitirse de forma electrónica al buzón oficialepbarcelon@comercio.mineco.es o ser presentada por registro electrónico común dirigida a esta dirección territorial de la secretaría de Estado de Comercio.
Se recuerda que independientemente de las medidas de flexibilización adoptadas, la presentación de solicitudes de control a la importación de productos ecológicos debe producirse SIEMPRE de forma previa al despacho aduanero de las mercancías, conforme a lo dispuesto en la orden ministerial ECC/1936/2014 y de los Reglamentos comunitarios de aplicación, suponiendo el cierre del expediente como no conforme por parte de este servicio de inspección.
Se admiten consultas dirigidas a los correos electrónicos: epbarcelon@comercio.mineco.es óBarcelona.cice@comercio.mineco.es
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