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La nueva política de EE.UU y los Acuerdos de Libre Comercio



La era ¨ Trump ¨.Qué impacto tendrá la nueva política de EE.UU en el Comercio Internacional?


Probablemente la elección presidencial más controvertida de la Historia dentro y fuera de las fronteras de EE.UU y entre otras por la repercusión mundial que cualquier toma de decisión que lleve a cabo el nuevo Presidente de la nación más importante del planeta, tenga en el resto del mundo conocido

Donald John Trump, político, empresario y show-man de la televisión, es desde el 20 de enero de 2017, el 45 presidente de los Estados Unidos de América

Han sido muy polémicas las declaraciones realizadas por Mr. Trump dentro y fuera de la campaña electoral. Preocupado por los males que según entiende brinda la globalización, aboga por la vuelta a una política sumamente proteccionista, donde la defensa de los intereses norteamericanos pasa por el cierre de las fronteras en muchos sentidos. Habló de la creación de un muro en la frontera con Méjico, amenazó con la salida de las negociaciones del Acuerdo de Comercio Trans-Pacífico (TPP) e incluso con la retirada de EE.UU del NAFTA.

EL NAFTA (North America Free Trade Area) o como se denomina en español TLCAN (Tratado de Libre Comercio de América del Norte), es un área de libre comercio (que no una Unión Aduanera como la de e.g. la UE) creada entre EE.UU, Canadá y Méjico en 1994 durante la Presidencia de Bill Clinton .

Son muchas las diferencias existentes entre una Unión Aduanera (UA) y un Área de Libre Comercio (ALC) En una UA, como ocurre en la UE, todos los países integrantes de la misma mantienen una misma tarifa exterior común (impuestos a la importación o en terminología aduanera ¨derechos arancelarios¨) y unas mismas medidas de política comercial (e.g. derechos antidumping) frente a terceros países no pertenecientes a la misma.


Mientras que en una ALC. cada país mantiene su propia tarifa exterior frente a terceros países, negociando los Acuerdos de Libre Comercio de manera unilateralLos bienes obtenidos, producidos y/o suficientemente transformados en los países miembros de un ALC, puede ser enviados en principio a otro país firmante del Acuerdo sin pago de derechos arancelarios lo que no ocurre si los bienes fueron previamente importados y son originarios de un país no firmante del ALC.



El NAFTA ha potenciado favorablemente el crecimiento de sus empresas, no solo con el aprovisionamiento de materias sin pago de impuesto arancelarios a la importación (o derechos arancelarios como se los denomina en terminología aduanera) entre los tres países firmantes del Acuerdo, sino también con la deslocalización de fábricas hacía Méjico con un coste de mano de obra mucho más bajo que el de los otros países firmantes del Acuerdo.


Ha sido precisamente la deslocalización de factores productivos, uno de los argumentos principales esgrimidos por el Sr. Trump para considerar la retirada del Acuerdo, ante la pérdida de empleos generada en la ciudadanía norteamericana, sobre todo en zonas económicamente deprimidas como Michigan, donde Detroit fue la cuna de la industria automobilística norteamericana.

Las reacciones de las grandes multinacionales norteamericanas no se hicieron esperar, menos aún si añadimos a esto las amenazas del Presidente electo en relación a la subida del Impuesto de Sociedades a todas aquellas empresas estadounidenses que hubieran deslocalizado fábricas fuera de USA.

Ford, la multinacional del sector automobilístico, anunció un cambio de estrategia con la cancelación de una inversión de 1.600 millones de $USA en México, destinando a cambio 700 millones de $USA a expandir la producción de coches eléctricos en Michigan, lo que supone un duro golpe para la economía mejicana.


En su intento de atraer y repatriar de nuevo la inversión norteamericana fuera de sus fronteras, Trump anunció también a Ford, General Motor y Fiat Chrysler Automotive (FCA) que reducirá el pago de las tasas medioambientales, lo que seguramente ha contentado a FCA pues tiene un proceso abierto por incumplimiento en emisiones de CO2 en más de 100 mil vehículos, lo que podría suponerle una sanción de más de 4.500 millones de dólares.

Nada más llegar a la Casa Blanca, el 23 de Enero de 2017, Mr.Trump anunció la retirada oficial de Estados Unidos del ¨Trans-Pacific Partnership¨ (TTP) o como se le conoce en español ¨Acuerdo Trans-Pacífico de Cooperación Económica¨ (ATCE), desmontando así el legado dejado por su predecesor, el Presidente Obama que había fuertemente impulsado esta alianza económica y que veía una estrategia comercial en el acuerdo multilateral con los once países de la cuenca del océano Pacífico.




EL TTP formado por Japón, Australia, Canadá, México, Perú, Chile, Malasia, Vietnam, Nueva Zelanda, Singapur y Brunéi (con China como gran ausente) es un acuerdo de cooperación económica que incluye un tratado de libre comercio multilateral que entró en vigor en el año 2016.


EL TTP regula materias tales como el comercio de bienes (con un progresivo desarme arancelario con algunas excepciones sobre determinados sectores para los que está siendo difícil llegar a un acuerdo como el sector agrícola o la industria de la automoción), el comercio transfronterizo de servicios, normas de acceso a los mercados, normas de origen y procedimientos aduaneros, medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables a la importación y exportación de bienes incluido el desarme de los obstáculos no arancelarios al comercio, normas comunes en relación a la propiedad Intelectual, los servicios financieros, el comercio electrónico, medidas medio-ambientales o normas de cooperación entre las partes firmantes del Acuerdo entre otros temas.Los doce países miembros (ahora con la salida de EE.UU once) representan un mercado de 805 millones de consumidores, que concentran el 37% del PIB mundial, con una previsión de crecimiento para el 2018 del 4.5%.


Estos países absorben el 27% del total de las importaciones mundiales y el 25% del total de las exportaciones.

No hay mucha información aún sobre la nueva política económica a seguir por la nueva Administración de la Casa Blanca. El partido republicano publicó un documento en Junio de 2016 conocido como ¨Tax Blueprint¨ que establecía las bases de lo que se supone que será la nueva linea económica.


Entre otras se establecen medidas fiscales de fomento de las exportaciones norteamericanas y se pretende crear un nuevo impuesto proteccionista sobre las importaciones, lo que se duda hasta que punto será consistente con los Acuerdos firmados por EE.UU en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Un nuevo documento con algunas líneas de actuación fiscal se hizo público en Abril de 2017.

El nuevo impuesto propuesto conocido como ¨destination-based cash flow tax¨ pretende imponer un ajuste fiscal en frontera por medio de un mecanismo que aún no se ha especificado y que pretende recaudar un trillón de US$ para paliar de alguna manera la bajada propuesta en el impuesto de sociedades para empresas que operen en EE.UU.


Se espera que este nuevo engranaje fiscal elimine impuestos en bienes, servicios e intangibles exportados desde EE.UU sin tener en cuenta el lugar de producción e imponer un impuesto del 20% a las importaciones independientemente del lugar en donde los bienes sean fabricados.

El Acuerdo firmado por EE.UU (entre otros países) en el seno de la OMC, más conocido por sus siglas en inglés como GATT (¨General Agreement on Tariff and Trade¨ o en español ¨Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio¨ firmado en 1994) establece claras limitaciones a este respecto.

El artículo XVI del GATT relativo a las subvenciones determina que la concesión de una subvención a la exportación de un producto puede tener consecuencias perjudiciales para las otras partes contratantes del GATT, pudiendo provocar perturbaciones comerciales injustificadas. En base a esto el Acuerdo fija como fecha máxima el año 1958 o lo ¨antes posible tras esta fecha¨, para que las partes contratantes dejen de conceder (en términos generales) directa o indirectamente subvenciones a la exportación que tenga como finalidad rebajar su precio de venta a la exportación a un nivel inferior al del precio de venta en el mercado interior para ese mismo producto. En la misma línea se pronuncia el Acuerdo en relación a la imposición de cargas adicionales a la importación en detrimento de los productos importados en relación a la producción interior.

Sin embargo, la Administración Trump sostiene que tales medidas fiscales están en línea con el Acuerdo firmado en el seno de la OMC, por supuesto, otros países pueden tener una visión discrepante.

Trump continúa con la idea de abandonar el NAFTA. El NAFTA prevé la posibilidad de que cualquiera de sus miembros abandone el Acuerdo con una previa comunicación de tan solo 6 meses. De acuerdo a la normativa interna norteamericana existe un procedimiento específico con claros deadlines en caso de que la nueva Administración republicana decida finalmente retirarse del Acuerdo comercial.

En caso de retirarse, para Méjico probablemente la parte más perjudicada, supondría la aplicación de un derecho arancelario no reducido o no nulo en el marco de la ¨cláusula de la nación más favorecida¨ establecida por el GATT, es decir la aplicación del derecho arancelario general sin preferencia o reducción alguna. Las tarifas arancelarias medias en EE.UU se sitúan en torno al 4%. Lo mismo ocurriría en sentido inverso en relación a las importaciones de productos estadounidenses en Méjico donde el arancel medio es casi el doble.

La situación no es tan clara para Canadá. Canadá y EE.UU tenían ya firmado un acuerdo comercial desde 1989, con anterioridad a la entrada en vigor del NAFTA y que fue suplantado por este último,. Nada se sabe sobre la continuidad de este Acuerdo bilateral en caso de que EE.UU. decidiera finalmente retirarse del NAFTA.

Otra de las grandes preocupaciones de la Administración estadounidense es China.


Entre otras medidas y en relación a las operaciones de comercio internacional con China, EE.UU estudia la posibilidad de declarar a China como un país con ¨unfair commerial practices¨. La ITA ("International Trade Administration") dependiente del Ministerio de Comercio, es la Agencia encargada del estudio e investigación de prácticas comerciales improcedentes. En el caso en cuestión el objetivo sería imponer a las importaciones chinas derechos arancelarios compensatorios basándose en prácticas comerciales desleales y en concreto basándose en que China manipula artificialmente el valor de su divisa para conseguir así un precio más competitivo.

De hecho, el Presidente republicano habló de imponer aranceles de hasta un 45% a los productos chinos importados en EE.UU, con la esperanza de que los procesos de producción regresen a su país.

En el artículo II del convenio GATT antes mencionado, existe cierta base legal para autorizar la imposición de medidas arancelarias adicionales en caso de ayudas o subsidios en relación a la conversión de divisas. En concreto el Acuerdo establece la prohibición de modificar el método utilizado para la conversión de divisas como forma de concesión de subsidios.

La nueva Administración norteamericana también estudia la posibilidad de imponer derechos arancelarios compensatorios y medidas antidumping en multitud de productos. A día de hoy EE.UU impone más de 300 derechos arancelarios adicionales entre medidas compensatorias y derechos antidumping, además de otras diferentes medidas de salvaguarda, en diversos productos muchos de ellos originarios de China.

Aún habrá que esperar algo más para ver finalmente cuál será la postura definitiva de EE.UU en sus relaciones comerciales con el resto del mundo. La retirada el TTP es un primer aviso a navegantes.

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