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Nuevo Reglamento F-Gas: comercialización o importación de gases fluorados de efecto invernadero

  • Foto del escritor: CCJ
    CCJ
  • 21 feb 2024
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 24 abr 2024



Se publica el 20 de febrero de 2024, el nuevo Reglamento F-Gas:


REGLAMENTO (UE) 2024/573 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 7 de febrero de 2024sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y

se deroga el Reglamento (UE) n.o 517/2014.


Reglamento 224/590 del Parlamento europeo y el Consejo sobre sustancias que agotan la capa de ozono


El nuevo Reglamento propone una reducción significativa progresiva en las cuotas de GEI hasta llegar a una cuota cero en 2050

El Reglamento establece las normas sobre la contención, el uso, la recuperación, el reciclado, la regeneración y la destrucción de los GEI.


Impone condiciones a la producción, la importación, la exportación, la introducción en el mercado, el suministro y el uso posteriores de los gases fluorados de efecto invernadero y de determinados productos y aparatos que contienen gases fluorados de efecto invernadero o cuyo funcionamiento depende de dichos gases.


Establece ademas las condiciones a determinados usos de gases fluorados de efecto invernadero y límites cuantitativos para la introducción en el mercado de hidrofluorocarburos incluido determinadas normas de notificación.


Se establecen diferentes obligaciones como las relativas al control de fugas u obligaciones de recuperación y destrucción, incluidos sistemas RPA, SCRAP desde el 1 de enero de 2028 para aparatos eléctricos o electrónicos con GFEI.


Se delimitan restricciones de introducción en el mercado y de venta para determinadas aparatos o sustancias a partir de 2025 o 2030 entre otras fechas, dependiendo del aparato.


Se prohiben el uso de determinados GEI a partir de 2026 o 2032, dependiendo de diversos factores.

Se modifica y establece el sistema de asignación de derechos de producción de HFC.


Se podrá bajo determinadas circunstancias, autorizar una exención de hasta cuatro años para excluir del requisito de cuota a los hidrofluorocarburos que vayan a ser usados en aplicaciones concretas, o a categorías concretas de productos o aparatos médicos, inhaladores por ejemplo.


Más información en "Servicios" F Gas ofrecidos por el Despacho en esta web o enviando un correo a info@carojaume.com



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