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Nuevo sistema SII para Impuestos Especiales (SILICIE)

  • Foto del escritor: CCJ
    CCJ
  • 4 oct 2019
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 24 mar 2020


DOCUMENTOS SOMETIDOS AL TRÁMITE DE AUDIENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA CON FECHA


Proyecto de Orden HAC / . /2019, de . de .., por la que se regula el cumplimiento de la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación.


La Agencia Tributaria implanta un nuevo sistema de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 del Reglamento de los Impuestos Especiales. 


Desde el 1 de enero de 2020, el cumplimiento la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales, y en su caso, las materias primas empleadas en su obtención, se realizará a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, mediante el suministro electrónico de los asientos contables. 


En la Sede electrónica de la Agencia Tributaria se ha habilitado un acceso específico, para facilitar el cumplimiento de esta obligación, a través del portal SILICIE.


Principales novedades

- La llevanza de la contabilidad de los Impuestos Especiales se realizará a través de la Sede electrónica de la AEAT, mediante el suministro electrónico de los asientos contables. 

- Se define el contenido de los asientos contables a suministrar, así como los procedimientos, plazos y forma de presentación. 

- Se reducen declaraciones informativas: no serán exigibles las declaraciones de operaciones cuando la contabilidad de impuestos especiales se lleva en sede electrónica de la AEAT.


Colectivo de obligados

Estarán obligados a la llevanza de la contabilidad de los Impuestos Especiales a través de la Sede electrónica de la AEAT los titulares de los siguientes tipos de establecimientos: 

- Fábricas  

- Depósitos fiscales  

- Almacenes fiscales 

- Depósitos de recepción 

- Fábricas de vinagre


Objeto de la Contabilidad

La contabilidad deberá reflejar los procesos, movimientos y existencias de los productos objeto de los Impuestos Especiales y, en su caso, de las materias primas necesarias para obtenerlos, incluidas las diferencias que se pongan de manifiesto con ocasión del almacenamiento, fabricación o circulación.


Contenido de los asientos contables

Los datos que deben cumplimentarse para el suministro electrónico a la Agencia Estatal de Administración Tributaria de asientos contables se concretan en el siguiente enlace:


Formas de llevanza de la contabilidad

La llevanza de la contabilidad de los Impuestos Especiales a través de la Sede electrónica de la AEAT se podrá realizar: 

- Directamente en la Sede electrónica (Regla general) 

- A partir del sistema contable en soporte informático del que, en su caso, dispongan los titulares de establecimientos (Opcional)



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