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SIANE en IIEE: nuevo sistema electrónico integrado de avituallamientos y notas de entrega

Actualizado: 27 oct 2023


La Agencia Tributaria implanta un nuevo sistema de gestión de los documentos utilizados en el ámbito de los productos objeto de los Impuestos Especiales, en relación con los siguientes procedimientos: 


  1. Ventas en ruta (Art. 27 del Reglamento de los Impuestos Especiales). 

  2. Avituallamientos de carburantes a aeronaves (Art. 101 del Reglamento de los Impuestos Especiales). 

  3. Avituallamientos de carburantes a embarcaciones por el procedimiento de ventas en ruta (Art. 102 del Reglamento de los Impuestos Especiales). 

  4. Solicitud de devolución por avituallamiento de gasóleo a embarcaciones (Art. 50.2.b de la Ley de Impuestos Especiales y 110 del Reglamento de los Impuestos Especiales). 


Desde el 1 de julio de 2019 resultan de aplicación los nuevos modelos de documentos, procedimientos y obligaciones previstas en el Reglamento de los Impuestos Especiales para estos procedimientos. 


En la Sede electrónica de la Agencia Tributaria se ha habilitado un acceso específico, para facilitar el cumplimiento de las obligaciones relativas a los nuevos modelos y procedimientos, a través del portal SIANE


El Real Decreto 1512/2018, de 28 de diciembre, por el que se modifica entre otros el Reglamento de los Impuestos Especiales aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, ha modificado, entre otros:


  1. El artículo 27 del Reglamento de los Impuestos Especiales, que regula el procedimiento de ventas en ruta.

  2. El artículo 101 del Reglamento de los Impuestos Especiales, que regula los avituallamientos de carburantes a aeronaves con la exención prevista en el artículo 51.2.a) de la Ley de Impuestos Especiales.

  3. El artículo 102 del Reglamento de los Impuestos Especiales, que regula el avituallamiento de carburantes a embarcaciones con la exención establecida en el artículo 51.2.b) de la Ley de Impuestos Especiales

  4. El artículo 110 del Reglamento de los Impuestos Especiales que establece el procedimiento para la solicitud de la devolución del impuesto establecida en el artículo 52.b) de la Ley de Impuestos Especiales


El suministro electrónico a la Agencia Tributaria de los datos e información correspondientes al albarán de circulación, Notas de entrega, Comprobantes de entrega y solicitud de devolución del artículo 110 del Reglamento de los Impuestos Especiales, podrá realizarse:

Mediante los servicios web basados en el intercambio de mensajes en formato XLM

Mediante la utilización del formulario web



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