Consultoría Estratégica
Impuestos Indirectos y Normativa en Frontera
D. Aduanero, Impuestos Especiales, Medioambientales, IVA y Normativa en Frontera
& Partners
Impuestos Especiales de
Fabricación
sobre Hidrocarburos
Los productos sujetos a Impuestos Especiales (II.EE.) de Fabricación por hidrocarburos están sometidos a una alta imposición como consecuencia de políticas fiscales basadas en razones y costes medioambientales o sanitarios entre otros.
Recaudación Tributaria aprox. por IIEE en 2021
en millones de EUR
Fuente AEAT
Excluido Impuesto de matriculación
Tipología de algunas de las empresas afectadas
Son diversas las industrias que trabajan con bienes dentro del ámbito objetivo de este impuesto, desde industrias químicas, farmacéuticas o textiles.
Obligaciones a efectos de IIEE
En función de la operativa, su empresa puede verse sujeta a uno u otro tipo de obligaciones a efectos de este impuesto
Aspectos claves
1.- Fabricación y almacenamiento
Si está interesado en la fabricación de bienes dentro del ámbito de este impuesto, debe hacerlo en régimen suspensivo del impuesto mediante una autorización como "Fábrica Fiscal", lo que le permitirá recibir igualmente mercancías en régimen suspensivo del impuesto especial y venderlas bajo determinadas circunstancias sin repercutir el impuesto.
2.- Devoluciones de impuestos y exenciones fiscales
Dependiendo del uso o destino final de un bien sujeto en principio a impuestos especiales, el coste fiscal del producto está sometido a importantes variaciones, pudiendo quedar excluido del ámbito objetivo del impuesto o consiguiendo su neutralidad (i) vía devoluciones del impuesto soportado o (ii) mediante la aplicación de exenciones fiscales, mejorando notablemente el coste final y por ende el precio del producto.
3.- Diferimiento del pago del impuesto
De la misma forma, puede diferirse su liquidación y pago mediante el uso de regímenes suspensivos del impuesto, eliminado así el coste financiero o de oportunidad ligado al mismo, difiriendo el pago hasta el momento más cercano a su puesta a distribución o consumo.
4.- Movimiento local o a nivel UE de bienes sujetos a IIEE
Su circulación a nivel interno o a nivel intracomunitario ya sea en régimen suspensivo del impuesto o con el impuesto devengado (liquidado/pagado), está sometida a estrictos controles y formalidades, basados en su alta imposición tributaria y en el riesgo fiscal asociado.
5.- Ventas a distancia intraUE
La ley de impuestos especiales y el reglamento que la desarrolla, contempla diferentes regímenes (procedimientos) en el caso de que su empresa estuviera interesada en realizar ventas online o a distancia a nivel intracomunitario de bienes sujetos a impuestos especiales, ya sea en B2B o B2C (ventas a empresarios o profesionales o ventas al consumidor final).
Sistemas de información a la AEAT
Big Data
Sistema SILICIE
En el año 2020 entró en vigor el Sistema SILICIE (Suministro Inmediato de los Libros Contables a efectos de Impuestos Especiales), obligatorio para los (i) Depósitos Fiscales, (ii) Depósitos de Recepción, (iii) Almacenes Fiscales, (iv) Fábricas fiscales y (v) Fábricas de Vinagre. Este Sistema, similar al SII a efectos de IVA, conlleva la obligación de llevanza de la contabilidad en soporte informático a través de la sede de la AEAT, de acuerdo a unos requisitos y en plazos concretos.
Sistema SIANE
A esto se une el sistema SIANE (Sistema Integrado de Avituallamientos y Notas de Entrega) que afecta al sistema de ventas en ruta y a los avituallamientos a buques y aeronaves de carburante con aplicación de la exención del impuesto.
¿Cómo podemos ayudarle?
Con el análisis, diseño e implementación de la autorización procedente en su caso, de acuerdo a las necesidades de su operativa para asegurar el cumplimiento normativo con un procedimiento fiscal óptimo.
Algunos de los servicios ofrecidos
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