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Ancla 1
Acuerdos de Libre Comercio

Origin & Procurement
Origen a efectos aduaneros

 

Acuerdos de Libre Comercio, SPG y
Origen no preferencial

Tax Ruling

Sostenibilidad medioambiental

Importancia del origen

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El origen de una mercancía a efectos aduaneros, determina no solo el tipo impositivo arancelario a liquidar, sino también la aplicación de medidas arancelarias adicionales como puede ser un derecho antidumping o incluso determinadas prohibiciones o el cumplimiento de obligaciones adicionales.

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Tipos de origen

A efectos aduaneros, existen dos tipos de origen:

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A.- El "Origen "Preferencial"  relativo a  los Acuerdos de Libre Comercio ("ALC") y al Sistema de Preferencias Generalizadas ("SPG").

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B.- El "Origen no-Preferencial" a efectos de la aplicación de medidas de política comercial como pueda ser un derecho antidumping.


Cada uno de los dos tipos de origen mencionados en los apartados anteriores, tiene sus propias normas para la determinación del origen y por tanto, establecen cuando un determinado  producto puede beneficiarse de las ventajas asociadas al (1) origen preferencial o (2) no-preferencial.

valor en aduana interacción con precios de transferencia

El origen preferencial se certifica por medio de los Certificados EUR.1, EURMED o con la auto certificación en factura realizada por el propio exportador por medio del nº de exportador autorizado o del nº REX

valoración en aduana

El origen no- preferencial se certifica por medio de los Certificados de Origen emitidos en el caso de España, por las Cámaras de Comercio

A.- "Origen preferencial"

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1.- Origen en el marco de un Acuerdo de Libre Comercio (ALC)

 

ALC y ventajas

 

La UE tiene firmados Acuerdos de Libre Comercio (de aquí en adelante "ALC") con más de 70 países. Los ALC confieren multitud de ventajas  tales como la eliminación de barreras no arancelarias al comercio y/o la reducción de derechos arancelarios o incluso su eliminación total.

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Para que una mercancía sea considerada originaria de la UE o de la otra parte signataria del Acuerdo y pueda  beneficiarse de un ALC, deben cumplirse determinadas condiciones denominadas "normas de origen" que pueden varíar dependiendo del Acuerdo en cuestión y de los bienes comercializados.

Materia prima y proceso de manufactura en la UE

 

La  determinación del origen UE para poder beneficiarse de un ALC puede resultar compleja, no solo por los requisitos exigidos por el Acuerdo sino porque en multitud de ocasiones las mercancías comercializadas-exportadas desde la UE, son manufacturadas con componentes que fueron previamente importados de países terceros a la UE. 

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Origen en compras y ventas locales e intra-comunitarias

 

Una mercancía, por el mero hecho de haber sido adquirida en la UE, no tiene “origen UE” a efectos aduaneros. La normativa aduanera exige establecer “Protocolos en relación a las compras de inputs locales” sometidos a procesos de transformación en la UE o incorporados sin transformación a un proceso productivo en la UE y posteriormente exportados en el marco de un ALC.

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partida arancelaria

Documentos que dan soporte a la certificación del Origen Preferencial:
FORM A, Nº REX, EUR 1, EURMED, Nº de Exportador Autorizado, Conocimiento del importador, LVD- LTVD...

2.- Origen en el Sistema de Preferencias Generalizadas (“SPG”)

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Los países beneficiarios del SPG son países en vías de desarrollo con una renta per cápita  muy baja determinada de acuerdo a unos parámetros. La intención es favorecer el desarrollo económico de estos países. La importación de bienes en la UE de tales países siempre y cuando cumplan con las normas de origen del SPG, también se benefician de aranceles reducidos o incluso nulos.

 

Es importante precisar, que aunque la determinación del origen la haga normalmente el proveedor, el riesgo fiscal por una liquidación de aranceles por defecto en la UE, es del importador. 

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El listado de países pertenecientes al SPG, se revisa y en su caso se renueva cada cuatro años. El actual sistema SPG que expiraba en diciembre de 2023, se prorroga hasta el año 2027 ante la imposibilidad de llevar a término la revisión a tiempo.

B.- "Origen no-preferencial UE" 

El origen no-preferencial UE a efectos de la aplicación de medidas de política comercial (Certificados de Origen de las Cámaras de Comercio), tiene también sus propias reglas para la determinación de origen que por norma general no son coincidentes con las recogidas en los diferentes ALCs firmados por la UE.Beneficiarse del origen no-preferencial UE puede permitir evitar entre otros, el pago de determinados derechos arancelarios adicionales tales como p.ej. derechos antidumping.

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Las normas de origen no preferencial también tienen incidencia directa sobre el MAFC (Mecanismo de Ajuste en Frontera sobre el Carbono), pues el origen de los bienes en scope del MAFC se determina en base a las normas de origen no preferencial.

Buque de carga en el puerto

Parametrización en IT: SAP-GTS y otros ERPs

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La automatización- robotización de procesos en la determinación del origen, es altamente recomendable, no solo como medida de simplificación, sino como consecuencia de la cantidad de información que es necesario procesar para su correcta determinación.

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La parametrización y la uniformización de procesos en materia aduanera (SOP “Standard Operating Procedure”), no solo conlleva un ahorro fiscal y una gestión óptima de riesgos, sino que además permite un control holístico y favorece la creación de Best Practices.

 

En nuestro despacho contamos con sólida experiencia en el diseño e implementación de modelos operativos en materia aduanera en el marco de SAP-SAP GTS y otros ERP, diseñando controles y procesos a implementar con éxito por IT.

Riesgos por incorrecta determinación del origen

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Una incorrecta determinación del "origen a la importación" en la UE,  supone un riesgo fiscal para su empresa, incluida la potencial pérdida de autorizaciones aduaneras concedidas o bien la pérdida de un oportunidad fiscal.

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Una incorrecta determinación del "origen a la exportación" desde la UE, puede derivar en liquidaciones complementarias de impuestos a la importación para sus clientes importadores, basadas en procesos de comprobación Tributaria llevados a cabo por la Administración Fiscal de sus respectivos países, además de generar un riesgo comercial y reputacional para su empresa.

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¿Cómo podemos ayudar?

 

  1. Determinando (i) el origen preferencial o (ii) no preferencial de sus productos.

  2. Asesorando sobre técnicas de valoración, mercados y políticas de abastecimiento que mejoren la competitividad del precio de venta en el mercado local o a la exportación.

  3. Identificando los parámetros para la automatización de procesos.

  4. Asesorando sobre procedimientos simplificados para la certificación de origen.

Acuerdos de Libre Comercio

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